Autoría de la Declaración

9340540 - ¿Cómo realizo la Ratificación de la declaración aduanera?
Fecha de publicación: 16/03/2009

Una vez oficializada la declaración, el declarante deberá ratificarla mediante la utilización del servicio con clave fiscal denominado "Ratificación de Autoría de la Declaración".

Este paso será excluyente a efectos de su presentación ante el servicio aduanero.

Vigencia: A partir del 3/8/09

  • Fuente: RG 2573/09
9342882 - ¿Qué obligaciones tiene el declarante?
Fecha de publicación: 16/03/2009

El servicio aduanero efectuará los controles de rigor, los registros en el SIM y como prueba de su intervención consignará su constancia (Firma y sello) en toda la documentación.

Una vez formalizado el trámite de libramiento de la mercadería o el último trámite que corresponda de no existir el libramiento, entregará al declarante, en carácter de "Depositario Fiel", la documentación que correspondiente a la operación.

Para el caso que deba incorporarse documentación con posterioridad a la presentación de la destinación, el declarante deberá presentar ante el servicio aduanero la documentación adicional.

Realizados los controles de rigor, el servicio aduanero procederá a efectuar los registros informáticos que correspondan e intervendrá toda la documentación con firma y sello del agente interviniente en prueba de ello, devolviéndola al declarante para su integración en el sobre contenedor OM-2133 A correspondiente.

Vigencia: A partir del 3/8/09

  • Fuente: RG 2573/09 Anexo I
9345224 - ¿Con qué documentación debe circular el Transportista en caso de un Tránsito de importación o exportación?
Fecha de publicación: 16/03/2009

Cuando se trate de declaraciones suspensivas de tránsito de importación y de exportación que tramiten por declaración detallada, el transportista deberá portar para su tránsito, 1 ejemplar adicional de la carátula OM-1993 A y 1 ejemplar de la salida de zona primaria aduanera, ambos debidamente conformados por el servicio aduanero.

Vigencia: A partir del 3/8/09

  • Fuente: RG 2573/09
9347566 - ¿Cómo tomo conocimiento del canal de selectividad en una destinación de importación?
Fecha de publicación: 16/03/2009

Luego de oficializada la destinación aduanera de importación, el declarante podrá optar por tomar conocimiento del canal de selectividad asignado:

1. En forma previa a la utilización del servicio denominado "Ratificación de Autoría de la Declaración", o

2. Al efectuar la confirmación de la autoría de la declaración mediante el empleo de dicho servicio.

Una vez producida la oficialización y con anterioridad a la impresión del formulario OM- 1993-A SIM, el SIM preguntará si desea conocer el canal de selectividad.

Si la respuesta es afirmativa, el SIM emitirá la impresión del formulario OM-1993 A SIM con indicación del canal de selectividad asignado.

Si la respuesta es negativa, el declarante conocerá el canal asignado cuando confirme la autoría de la declaración mediante la utilización del servicio denominado "Ratificación de Autoría de la Declaración".

Vigencia: A partir del 3/8/09

  • Fuente: RG 2573/09 Anexo II